Cómo obtener su pensión
Cómo obtener créditos
Al ser participante, obtiene los créditos para pensión y adquisición de derechos.
- Créditos de pensión
- Créditos para pensión por servicio futuro. Obtiene un “crédito para pensión por servicio futuro” si trabaja al menos 1,800 horas en un año calendario. La cantidad total de créditos para pensión que acumula mientras es elegible para recibir su pensión se utiliza para determinar el monto de su beneficio mensual.
- Créditos de pensión por servicio pasado. Es posible que sea elegible para incluir el servicio por el tiempo que trabajó antes de que su empleador se uniera al Plan. Estos se denominan “créditos de pensión por servicio pasado”.
- Créditos para adquisición de derechos. Los créditos para adquisición de derechos afectan su elegibilidad para recibir un beneficio, pero no el monto. En general, obtiene un crédito para adquisición de derechos por cada año calendario que trabaja 700 horas o más. Una vez que obtuvo cinco créditos para adquisición de derechos, se considera que “adquirió los derechos” en el Plan, lo que significa que está autorizado a recibir sus beneficios de pensión. Incluso si tiene una interrupción permanente en el servicio, mientras tenga derechos adquiridos, sigue siendo elegible para obtener sus beneficios de pensión, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
Créditos para pensión Más de 1,800 horas en un año = | Créditos para adquisición de derechos Más de 700 horas en un año = Se utilizan para determinar su elegibilidad para un beneficio. |
Fusiones de Planes
Si participa de forma activa en el NIPF porque su grupo fue parte de un plan que se fusionó con este, se pueden aplicar reglas especiales para el cálculo de sus servicios y beneficios.
La Descripción abreviada del Plan brinda mucha más información sobre cómo se obtienen los créditos, incluidos los montos de crédito parcial, los créditos para ciertos períodos en los que no trabaje y otros factores que pueden afectar su pensión.
Interrupción en el servicio
Si deja de trabajar durante un período, se puede aplicar una “interrupción en el servicio”. Las interrupciones en el servicio pueden ser de un año (y repararse) o ser permanentes, lo que significa que corre el riesgo de perder algunos o todos los créditos que obtuvo para su pensión.
Un año de interrupción en el servicio
Si no trabaja al menos 350 horas en un año calendario antes de adquirir sus derechos, tendrá un año de interrupción en el servicio. Los créditos para pensión o adquisición de derechos que obtenga antes de la interrupción no se contarán hasta que vuelva a trabajar y reciba créditos adicionales para adquisición de derechos.
Interrupción permanente en el servicio
Si el NIPF no recibe los aportes que realizó el empleador en su nombre durante un período de siete años consecutivos y usted todavía no adquirió sus derechos, perderá todos sus créditos para adquisición de derechos y pensión. Si vuelve a trabajar y su empleador comienza a realizar aportes nuevamente, entrará en una “cuenta nueva” y comenzará a obtener créditos otra vez.