Eventos de la vida - NIPF
Si se casa antes de jubilarse, comuníquese con el Fondo de Beneficios de SEIU para actualizar sus registros. Su nuevo/a cónyuge se convertirá automáticamente en su beneficiario. Si desea nombrar a otra persona que no sea su cónyuge, deberá enviar un Formulario de renuncia conyugal firmado y notariado.
Si muere antes de jubilarse, su cónyuge será elegible para obtener una pensión vitalicia para sobrevivientes del Fondo de Pensiones.
Cuando se jubile, la opción de pago que elija puede proporcionarle un beneficio a su cónyuge en el caso de que usted muera antes que él/ella. La forma estándar de pago para los participantes casados es la pensión conyugal del 50 %, que permite que su cónyuge reciba la mitad del monto de la pensión mensual que estaba recibiendo antes de su fallecimiento. Puede elegir entre proporcionar un beneficio mayor (ya sea el 75 % o el 100 %) o no proporcionar ningún beneficio en absoluto, pero necesitará el consentimiento de su cónyuge si elige esa opción.
Si se casa después de jubilarse, sus beneficios de pensión no se verán afectados; continuará recibiendo el mismo beneficio de pensión mensual, pero cuando muera, estos generalmente se interrumpirán.
Si queda discapacitado y no puede trabajar, puede ser elegible para recibir una pensión por discapacidad. Para ser elegible, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener menos de 65 años.
- No poder trabajar en ningún tipo de empleo.
- Estar completamente discapacitado según la determinación de la Administración del Seguro Social.
- Tener al menos 10 créditos para adquisición de derechos.
- Haber trabajado al menos 1,000 horas (o 350 horas para los trabajadores de temporada) en un empleo cubierto en los 24 meses anteriores a su discapacidad.
Para obtener más información, consulte la Descripción Abreviada del Plan o el Resumen de Modificaciones Materiales.
Si está en condiciones de jubilarse de un empleo cubierto, comuníquese con el Fondo de Beneficios aproximadamente tres meses antes de la fecha de jubilación deseada para comenzar a poner en orden sus documentos. Recibirá sus antecedentes laborales, el cálculo de su pensión y una explicación de las opciones de pago que tiene a su disposición.
Deberá completar una solicitud. Una vez que haya solicitado con éxito su pensión, comenzará a recibir los beneficios correspondientes en alguna de las siguientes fechas:
- El primer día del mes siguiente a su último día de trabajo.
- El primer día del mes siguiente a la fecha en que completó su solicitud de pensión.
- La fecha en que realizó su solicitud de pensión.
Si se inscribe para obtener el depósito directo, su cheque de pensión se depositará automáticamente en su cuenta bancaria el primer día hábil de cada mes. De no ser así, normalmente se enviará su cheque de pensión de forma mensual dos o tres días antes del último día hábil de cada mes para el mes siguiente. Una vez que comience a recibir su pensión, no puede cambiar su opción de pago. Consulte las preguntas frecuentes para obtener respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre cómo solicitar su pensión.